Derecho de Propiedad Intelectual
Caso 1: Registro de una Marca
Pedro es el dueño de una empresa que se dedica a la fabricación y venta de zapatos deportivos. Pedro quiere registrar su marca “Pedro’s Shoes” en la República Dominicana para proteger su identidad comercial y evitar que otros se aprovechen de su reputación. ¿Qué debe hacer Pedro para registrar su marca?
Preguntas
1. Qué tipo de marca es “Pedro’s Shoes”?
2. Qué requisitos debe cumplir “Pedro’s Shoes” para ser registrable como marca?
3. Qué procedimiento debe seguir Pedro para registrar su marca?
Repuestas
1. “Pedro’s Shoes” es una marca mixta, que combina elementos nominativos (el nombre de Pedro) y gráficos (el diseño del logo). Según el artículo 71 de la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, las marcas pueden ser nominativas, figurativas, mixtas, tridimensionales, sonoras o de cualquier otro tipo que permita distinguir los productos o servicios de una empresa de los de otra.
2. Según el artículo 72 de la Ley 20-00, para que una marca sea registrable debe cumplir con los siguientes requisitos:
Ser distintiva, es decir, capaz de diferenciar los productos o servicios de una empresa de los de otra.
No estar comprendida en las prohibiciones legales, es decir, no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, a la ley o al derecho de terceros.
No estar incursa en las causales de irregistrabilidad, es decir, no ser idéntica o similar a otra marca anteriormente registrada o solicitada para productos o servicios idénticos o afines, entre otras causales.
3. Según el artículo 74 de la Ley 20-00, el procedimiento para registrar una marca es el siguiente:
Presentar una solicitud de registro ante la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI), acompañada de los documentos y el pago de las tasas correspondientes.
Esperar el examen de forma y de fondo que realiza la ONAPI, para verificar que la solicitud cumple con los requisitos legales y que la marca no está incursa en ninguna prohibición o causal de irregistrabilidad.
Si la ONAPI aprueba la solicitud, publicar un extracto de la misma en un periódico de circulación nacional, para que cualquier persona que se considere afectada pueda oponerse al registro dentro de un plazo de 45 días.
Si no hay oposición o si la oposición es desestimada, la ONAPI otorga el certificado de registro de la marca, que tiene una duración de 10 años renovables indefinidamente.
Caso 2: Violación de un Derecho de Autor
Ana es una escritora que ha publicado una novela titulada “El secreto de la montaña”. Ana tiene registrado su derecho de autor sobre su obra en la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA). Un día, Ana descubre que una editorial ha publicado una novela titulada “El misterio de la montaña”, cuyo autor es Luis, y que tiene un argumento, unos personajes y unas escenas muy similares a los de su novela. Ana considera que Luis ha plagiado su obra y que ha violado su derecho de autor. ¿Qué puede hacer Ana para defender su derecho?
Preguntas
1. Qué tipo de derecho de autor tiene Ana sobre su obra?
2. Qué tipo de violación ha cometido Luis al plagiar la obra de Ana?
3. Qué acciones puede ejercer Ana para defender su derecho?
Repuestas
1. Ana tiene un derecho de autor de tipo moral y patrimonial sobre su obra. Según el artículo 14 de la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor, el derecho de autor comprende dos tipos de derechos: el derecho moral, que es el derecho irrenunciable e inalienable del autor a reclamar la paternidad de su obra, a exigir el respeto a su integridad, a modificarla, a retirarla del comercio o a renunciar a su divulgación; y el derecho patrimonial, que es el derecho exclusivo y transmisible del autor a explotar su obra, a autorizar su reproducción, comunicación pública, distribución, traducción, adaptación y transformación, y a percibir una remuneración por ello.
2. Luis ha cometido una violación de tipo penal y civil al plagiar la obra de Ana. Según el artículo 166 de la Ley 65-00, constituye una infracción penal contra el derecho de autor el hecho de reproducir, comunicar, distribuir, poner a disposición del público, traducir, adaptar o transformar, total o parcialmente, una obra protegida sin la autorización del titular del derecho, con ánimo de lucro o con perjuicio para el titular. Según el artículo 173 de la Ley 65-00, constituye una infracción civil contra el derecho de autor el hecho de realizar cualquiera de los actos anteriores sin la autorización del titular del derecho, aunque no haya ánimo de lucro ni perjuicio para el titular, pero sí un beneficio para el infractor o un tercero.
3. Según el artículo 174 de la Ley 65-00, Ana puede ejercer las siguientes acciones para defender su derecho:
Acción penal, que consiste en denunciar el hecho ante el Ministerio Público, para que se inicie un proceso penal contra Luis, que puede conllevar una pena de prisión de seis meses a tres años y una multa de 50 a 500 salarios mínimos.
Acción civil, que consiste en demandar a Luis ante un tribunal civil, para que se le ordene el cese de la violación, la indemnización de los daños y perjuicios causados, la publicación de la sentencia y la destrucción o entrega de los ejemplares ilícitos.
Acción cautelar, que consiste en solicitar a un juez que adopte medidas urgentes para evitar que se produzca o se agrave la violación, tales como el secuestro, la prohibición o la suspensión de los actos de violación.
Caso 3: Licencia de Software
Carlos es un programador que ha desarrollado un software de gestión de inventarios para pequeñas y medianas empresas. Carlos quiere comercializar su software, pero también quiere que sea accesible y que pueda ser mejorado por otros programadores. ¿Qué tipo de licencia puede usar Carlos para su software?
Preguntas
1. Qué es una licencia de software?
2. Qué tipos de licencias de software existen?
3. Qué tipo de licencia le conviene más a Carlos para su software?
Repuestas
1. Una licencia de software es un contrato por el que el titular del derecho de autor sobre un software otorga a un usuario el permiso para usar, copiar, modificar o distribuir el software, bajo ciertas condiciones y limitaciones.
2. Existen diferentes tipos de licencias de software, según el grado de libertad que conceden al usuario. Algunos de los tipos más comunes son:
Licencia propietaria, que es la que concede al usuario el derecho de usar el software, pero no de copiarlo, modificarlo o distribuirlo. El usuario debe pagar una cuota al titular del derecho de autor para obtener la licencia, y debe aceptar las restricciones impuestas por el titular. Ejemplos de este tipo de licencia son las de Microsoft, Adobe o Apple.
Licencia libre, que es la que concede al usuario el derecho de usar, copiar, modificar y distribuir el software, sin restricciones ni obligaciones. El usuario no debe pagar ninguna cuota al titular del derecho de autor para obtener la licencia, y puede acceder al código fuente del software. Ejemplos de este tipo de licencia son las de GNU, Linux o Apache.
Licencia de código abierto, que es la que concede al usuario el derecho de usar, copiar, modificar y distribuir el software, siempre que se respeten ciertas condiciones, como mantener la misma licencia, reconocer la autoría o compartir las mejoras. El usuario no debe pagar ninguna cuota al titular del derecho de autor para obtener la licencia, y puede acceder al código fuente del software. Ejemplos de este tipo de licencia son las de GPL, BSD o MIT.
3. El tipo de licencia que le conviene más a Carlos para su software depende de sus objetivos y preferencias. Si Carlos quiere que su software sea ampliamente difundido y mejorado por la comunidad de programadores, le conviene usar una licencia de código abierto, que le permitirá compartir su código y beneficiarse de las aportaciones de otros. Si Carlos quiere que su software sea accesible, pero que se respete su autoría y se mantenga la misma licencia, le conviene usar una licencia libre, que le garantizará que su software no sea apropiado ni modificado por terceros sin su consentimiento. Si Carlos quiere que su software sea exclusivo y que solo lo usen los usuarios que paguen por él, le conviene usar una licencia propietaria, que le dará el control total sobre su software y le generará ingresos por su venta.
Caso 4: Patente de una Invención
Elena es una ingeniera que ha inventado un dispositivo que permite recargar la batería de un celular con la energía solar. Elena quiere proteger su invención y obtener un beneficio económico por ella. ¿Qué debe hacer Elena para patentar su invención?
Preguntas
1. Qué es una patente?
2. Qué requisitos debe cumplir la invención de Elena para ser patentable?
3. Qué procedimiento debe seguir Elena para patentar su invención?
Repuestas
1. Una patente es un título que reconoce el derecho exclusivo del inventor o del titular de la invención a explotarla, impedir que otros la exploten, o autorizar su explotación a cambio de una contraprestación, durante un plazo determinado.
2. Según el artículo 8 de la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, para que una invención sea patentable debe cumplir con los siguientes requisitos:
Ser novedosa, es decir, no estar comprendida en el estado de la técnica, que es el conjunto de conocimientos técnicos que se han hecho públicos antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente o de la prioridad reivindicada.
Implicar una actividad inventiva, es decir, no resultar obvia o evidente para una persona experta en la materia, a la luz del estado de la técnica.
Tener aplicación industrial, es decir, poder ser utilizada o fabricada en cualquier tipo de industria, incluyendo la agrícola, la artesanal o la de servicios.
3. Según el artículo 28 de la Ley 20-00, el procedimiento para patentar una invención es el siguiente:
Presentar una solicitud de patente ante la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI), acompañada de los documentos y el pago de las tasas correspondientes.
Esperar el examen de forma y de fondo que realiza la ONAPI, para verificar que la solicitud cumple con los requisitos legales y que la invención es patentable.
Si la ONAPI aprueba la solicitud, publicar un extracto de la misma en la Gaceta Oficial, para que cualquier persona que se considere afectada pueda oponerse al otorgamiento de la patente dentro de un plazo de 60 días.
Si no hay oposición o si la oposición es desestimada, la ONAPI concede la patente de invención, que tiene una duración de 20 años improrrogables.
Caso 5: Registro de un Diseño Industrial
María es una diseñadora que ha creado un nuevo modelo de vestido que tiene una forma, un color y un estampado originales. María quiere registrar su diseño industrial en la República Dominicana para proteger su creación y evitar que otros la copien. ¿Qué debe hacer María para registrar su diseño industrial?
Preguntas
1. Qué es un diseño industrial?
2. Qué requisitos debe cumplir el diseño industrial de María para ser registrable?
3. Qué procedimiento debe seguir María para registrar su diseño industrial?
Repuestas
1. Un diseño industrial es la apariencia o aspecto ornamental de un producto, que se caracteriza por su forma, color, dibujo, textura, contorno o material. Según el artículo 113 de la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, el diseño industrial es una modalidad de propiedad industrial que se protege mediante el registro.
2. Según el artículo 114 de la Ley 20-00, para que un diseño industrial sea registrable debe cumplir con los siguientes requisitos:
Ser novedoso, es decir, no haber sido divulgado o hecho accesible al público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro o de la prioridad reivindicada.
Tener carácter singular, es decir, producir en el usuario informado una impresión general diferente a la producida por cualquier otro diseño anteriormente divulgado o hecho accesible al público.
3. Según el artículo 115 de la Ley 20-00, el procedimiento para registrar un diseño industrial es el siguiente:
Presentar una solicitud de registro ante la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI), acompañada de los documentos y el pago de las tasas correspondientes.
Esperar el examen de forma y de fondo que realiza la ONAPI, para verificar que la solicitud cumple con los requisitos legales y que el diseño industrial es registrable.
Si la ONAPI aprueba la solicitud, publicar un extracto de la misma en la Gaceta Oficial, para que cualquier persona que se considere afectada pueda oponerse al registro dentro de un plazo de 45 días.
Si no hay oposición o si la oposición es desestimada, la ONAPI otorga el certificado de registro del diseño industrial, que tiene una duración de 10 años renovables por dos períodos consecutivos de 5 años cada uno.

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